Ante la información difundida en medios de comunicación y redes sociales sobre la reglamentación de la inspección, vigilancia y control (IVC) de las asociaciones campesinas y agropecuarias, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural aclaró el alcance de estas disposiciones.
El control sobre estas organizaciones fue inicialmente asignado al Ministerio en 2013 mediante el Decreto 1985, pero el Consejo de Estado lo declaró inaplicable por razones de inconstitucionalidad. Posteriormente, con la Ley 2219 del 30 de junio de 2022, el Congreso de la República otorgó formalmente esta función al Ministerio, así como a las Secretarías de Gobierno Municipales y Distritales. La ley también definió qué se entiende por asociación campesina y agropecuaria, precisando su naturaleza jurídica y su conformación.
Uno de los aspectos clave de esta normativa es el artículo 11 de la Ley 2219, que establece medidas para garantizar el cumplimiento de la ley por parte de estas asociaciones. En caso de que se detecte que una asociación campesina o agropecuaria excede los límites impuestos por la ley, sus estatutos o la voluntad de sus fundadores, el Ministerio de Agricultura y las Secretarías de Gobierno Municipales y Distritales podrán ordenar la suspensión temporal de actos ilegales y aplicar otras sanciones conforme a la reglamentación establecida.










«El planeta tierra nuestra casa tal vez única en sistema solar deberíamos cuidarla desde hace muchos años atrás, no solo en tiempos del niño, hoy el planeta se prepara de seguir la situación actual, como guerras , sobre explotación de los recursos naturales , monocultivo, agricultura ha base de químicos mal manejados y las malas practicas de los seres humano a un punto de no retorno es hora de cambiar y cuidar nuestro planeta para que así disfrutemos todos de los servicios ecosistémico que nos da…»
Ing. Alberto Navarrete Fuentes. sobre ECUADOR: Agro busca anticiparse a El Niño · ayer